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DA centésima décima séptima. «XXXVII Copa América Barcelona»
DA centésima décima séptima. «XXXVII Copa América Barcelona»
1. El Gobierno del Estado y, en su caso, los distintos Departamentos ministeriales en la esfera de sus respectivas competencias, adoptarán las iniciativas, disposiciones, actos y demás medidas que se estimen necesarios para atender a los compromisos derivados de la organización y celebración de la XXXVII Copa América en la ciudad de Barcelona.
2. Las personas que acrediten su residencia legal en España y su vinculación con la celebración de la XXXVII Copa América Barcelona podrán conducir en España con un permiso extranjero válido y en vigor durante el plazo de un año. En casos excepcionales, este plazo podrá ser ampliado por el Director General de Tráfico cuando concurran causas justificadas.