Se puede impugnar la decisión de la mesa de contratación?
Sí, se puede impugnar la decisión de la mesa de contratación. Esto se debe a que cualquier persona física o jurídica cuyos derechos o intereses legítimos, individuales o colectivos, se hayan visto perjudicados o puedan resultar afectados, de manera directa o indirecta, por las decisiones objeto del recurso, está legitimada para interponer un recurso especial en materia de contratación. Además, también están legitimadas para interponer este recurso las organizaciones sindicales cuando de las actuaciones o decisiones recurribles pudiera deducirse fundadamente que estas implican que en el proceso de ejecución del contrato se incumplan por el empresario las obligaciones sociales o laborales respecto de los trabajadores que participen en la realización de la prestación, así como la organización empresarial sectorial representativa de los intereses afectados.
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Puede ser la subcontratación un criterio de adjudicación?
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¿Se puede justicar una baja temeraria en una licitación pública, según la ley de contratación pública ?
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que recurso cabe contra adjudicación de un contrato?