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articulo246 de la ley y 166 del reglamento

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El artículo mencionado de la ley se refiere a la regulación de los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de concesión de obras, mientras que el artículo del reglamento establece las normas básicas y no básicas aplicables a las Administraciones públicas.

En la ley, se establece que los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos de concesión de obras se regularán por la misma, excluyendo ciertos artículos específicos. Esto implica que hay disposiciones particulares que no se aplican a estos contratos, salvo en la fase de construcción.

Por otro lado, el reglamento establece que sus disposiciones son normas básicas, aplicables a todas las Administraciones públicas, salvo algunas excepciones listadas. Esto significa que ciertas partes del reglamento no son de aplicación general, permitiendo a las Comunidades Autónomas cierta flexibilidad en su implementación.

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