duración de un contrato menor
La duración de un contrato menor no puede exceder de un año y no es susceptible de prórroga.
Los contratos menores son una herramienta de contratación pública que permite a las administraciones públicas adjudicar directamente contratos de obras, suministros o servicios de menor cuantía económica y por un tiempo limitado. Estos contratos están pensados para satisfacer necesidades puntuales y no recurrentes de la administración.
La duración máxima de un contrato menor está establecida para garantizar que estos no se utilicen para eludir los procedimientos de contratación más rigurosos que promueven la transparencia y la competencia. Por ello, se establece un límite temporal que impide que estos contratos se prolonguen más allá del periodo de un año.
Es importante destacar que, debido a su naturaleza y finalidad, los contratos menores no pueden ser objeto de prórroga. Esto significa que una vez cumplido el plazo de un año, si persiste la necesidad que dio lugar al contrato, la administración debe iniciar un nuevo proceso de contratación.
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¿se pueden prorrogar los contratos menores?
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¿puedo hacer un contrato menor por más de un año en algún caso?
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se puede tramitar como contrato menor con dos años de duración la suscripción a una base de datos?
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¿Cual es la duracion maxima de un contrato autorizado por el alcalde?
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¿Los contratos menores solo pueden satisfacer necesidades puntuales, esporádicas y imprevisibles, sin que puedan utilizarse para atender necesidades periódicas y recurrentes?
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¿Qué es un contrato menor?