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Puedo poner solvencia en un super simplificado?

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Sí, es posible poner solvencia en un procedimiento simplificado. El órgano de contratación determinará los requisitos mínimos de solvencia económica y financiera y de solvencia técnica o profesional exigidos para el contrato, así como los medios admitidos para su acreditación. Estos se indicarán en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y se detallarán en los pliegos. Si no se concretan en los pliegos, se aplicarán los establecidos en los artículos 87 a 90 para el tipo de contrato correspondiente. Además, se tendrá por prueba bastante de la solvencia del empresario si se encuentra clasificado en un determinado grupo o subgrupo para los contratos cuyo objeto esté incluido o se corresponda con el ámbito de actividades o trabajos de dicho grupo o subgrupo, y cuyo importe anual medio sea igual o inferior al correspondiente a su categoría de clasificación en el grupo o subgrupo. Reglamentariamente también se podrá eximir la exigencia de acreditación de la solvencia económica y financiera o de la solvencia técnica o profesional para los contratos cuyo importe no supere un determinado umbral.

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