¿La duración de las prórrogas puede ser superior a la duración inicial del contrato?
No, la duración de las prórrogas no puede ser superior a la duración inicial del contrato. El órgano de contratación puede acordar una prórroga, pero la duración de la misma no puede exceder el plazo inicialmente establecido en el contrato.
Sin embargo, el órgano de contratación puede acordar prórrogas sucesivas, siempre que el plazo total de prórrogas no supere el plazo inicialmente establecido en el contrato.