¿Dónde se recoge el informe de comprobación del cumplimiento de las condiciones pactadas?
El informe de comprobación del cumplimiento de las condiciones pactadas se recoge en el acta de comprobación al finalizar las obras, que es levantada por la Administración concedente.
Al finalizar las obras, se procede al levantamiento de un acta de comprobación por parte de la Administración concedente. Este acta tiene como objetivo verificar el correcto cumplimiento del contrato por parte del concesionario. El contenido del acta de comprobación debe ajustarse a lo dispuesto en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
Junto al acta de comprobación, se acompaña un documento de valoración de la obra pública ejecutada. En caso de que sea necesario, también se incluye una declaración del cumplimiento de las condiciones impuestas en la declaración de impacto ambiental. Este documento es expedido por el órgano de contratación y en él se hace constar la inversión realizada.
En las obras que son financiadas parcialmente por la Administración concedente, mediante abonos parciales al concesionario basados en certificaciones mensuales de la obra ejecutada, la certificación final de la obra se acompaña al documento de valoración y al acta de comprobación.
La aprobación del acta de comprobación de las obras por el órgano de la Administración concedente lleva implícita la autorización para la apertura de las mismas al uso público. Desde ese momento, comienza el plazo de garantía de la obra cuando ha sido ejecutada por terceros distintos del concesionario, así como la fase de explotación.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 256