diferencia entre cesión y subcontratación
La cesión implica la transferencia de derechos y obligaciones del contrato a un tercero, mientras que la subcontratación delega parte de la ejecución del contrato a un tercero sin transferir la titularidad del contrato.
La cesión de un contrato en el sector público se refiere a la transferencia de los derechos y obligaciones de un contrato a un tercero. Para que esto ocurra, los pliegos del contrato deben prever esta posibilidad, y la cesión no debe alterar sustancialmente las características del contratista original ni restringir la competencia en el mercado. Además, la cesión requiere la autorización previa y expresa del órgano de contratación y debe formalizarse en escritura pública. El cesionario debe tener la capacidad y solvencia necesarias para contratar con la Administración.
Por otro lado, la subcontratación es una práctica en la que el contratista principal delega parte de la ejecución del contrato a terceros. Esta práctica es común para mejorar la eficacia y eficiencia de los contratos públicos, permitiendo la participación de pequeñas y medianas empresas y la especialización de tareas. Sin embargo, el contratista principal sigue siendo el responsable ante la Administración del cumplimiento del contrato. La subcontratación está sujeta a las condiciones establecidas en los pliegos y no implica la transferencia de la titularidad del contrato.
Aspecto | Cesión | Subcontratación |
---|---|---|
Naturaleza | Transferencia de derechos y obligaciones | Delegación de parte de la ejecución |
Requisitos | Autorización previa, escritura pública | Condiciones en pliegos |
Responsable | Cesionario | Contratista principal |
Titularidad | Se transfiere | No se transfiere |
- Referencias: