Indicar un máximo de tres años, salvo cuando se incremente en orden a garantizar un nivel adecuado de competencia
Criterio de solvencia
Relación de las principales prestaciones realizadas de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los {$num_años} últimos años.
Criterio de selección:
- { Importe acumulado igual o superior a: {importe} € (IVA excluido) // Importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior a: {importe} € (IVA excluido)
- Número de prestaciones: { {número} de importe igual o superior a {número} // Número de prestaciones en el año de mayor ejecución: {número} de importe igual o superior a {número} }
El cómputo se efectuará hasta la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones.
Para determinar que una prestación es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a:
- Tres primeros dígitos de los códigos CPV
Modo de acreditación
Se acreditará mediante:
- Certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público.
- Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración de la persona empresaria acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.
En los contratos no sujetos a regulación armonizada, este criterio de selección no será aplicable a aquellas empresas que tengan una antigüedad inferior a {5} años.
Dichas empresas, como medio alternativo, acreditarán la solvencia técnica por los medios siguientes:
- {Indicar la solvencia alternativa y la exigencia mínima}