Adscripción de medios
Solvencia

Criterio de solvencia técnica y adscripción de medios

Además de la solvencia y de acuerdo con el artículo 76.2 LCSP, las empresas licitadoras o candidatas deben comprometerse a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales siguientes:

  • Profesional referente especialista en {$especialidad}. Esta persona deberá disponer de titulación de grado, licenciatura, máster o posgrado en el ámbito de {$especialidad2} y, por lo menos, de dos años de experiencia en el ámbito de {$especialidad3}.

Este compromiso tiene carácter de obligación esencial y su incumplimiento podrá ser objeto de penalización o de resolución contractual.

La solvencia técnica solicitada garantiza la capacidad de la entidad para llevar a cabo <prestación> y prestar los servicios requeridos.

Modo de acreditación

Se admite que los empresarios puedan acreditar la solvencia necesaria mediante la solvencia y recursos de otras entidades que no se encuentren con ningún supuesto de prohibición para contratar y con independencia de los vínculos que tengan con ellas, siempre y cuando demuestre que durante la vigencia del contrato dispondrá efectivamente de los medios y solvencia de esa entidad.

También se admite que acrediten su solvencia por cualquiera de los medios previstos en la Ley 9/2017.

Redactor

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