- Esta CEE es obligatoria en virtud del artículo 202 de la LCSP, modificado por la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
- Se considera una práctica adecuada porque establece obligaciones específicas, medibles y verificables, con objetivos cuantificables de reducción del desperdicio.
- Su implementación genera ahorros económicos directos y mejora la eficiencia en la gestión de recursos alimentarios.
- Esta CEE es acumulativa a otras CEE ya requeridas por la LCSP (social, medioambiental, innovación y protección de datos). A pesar de ser de carácter medioambiental no exime de incluir CEE adicionales.
Ajuste de raciones y preferencias del comensal para la prevención y reducción del desperdicio alimentario
El contratista implementará medidas de personalización del servicio para la prevención del desperdicio alimentario, en cumplimiento de la Ley 1/2025, de 1 de abril, de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.
- Se pondrá obligatoriamente a disposición del consumidor la posibilidad de elección entre tres tamaños de ración (pequeña, mediana y grande) para todos los platos principales.
- Antes de servir los platos se preguntará activamente a los comensales sobre la guarnición elegida y la cantidad deseada.
- Será obligatorio poner a disposición de los usuarios del servicio la posibilidad de elegir entre menú completo, medio menú y menú infantil adaptado.
- El contratista deberá alcanzar una reducción mínima del 15% del desperdicio alimentario durante el primer año de ejecución, tomando como referencia los primeros tres meses de servicio.
Método de verificación
Se implementará un sistema de seguimiento dual:
- Encuesta digital mediante código QR accesible desde cada mesa, con preguntas sobre satisfacción con tamaños de ración, opciones de guarnición y modalidades de menú, con objetivo de participación mínima del 20% mensual; 2. Registro diario de desperdicios por tipo de plato y tamaño de ración.
El contratista remitirá mensualmente al responsable del contrato un informe que incluya resultados de encuestas, estadísticas de consumo por tipo y tamaño de ración, evolución de la reducción de desperdicios y medidas correctoras implementadas.
El incumplimiento de los objetivos de reducción sin justificación conllevará penalizaciones del 0,5% al 2% del importe mensual de facturación según gravedad.