Clasificación empresarial exigible
Solvencia
Tipo de cláusula
Tipo de contrato
Ámbito
CPV
Tags

Para contratos de obras con VEC ≥ 500,000 euros, la clasificación empresarial es obligatoria.

Criterio de solvencia

La solvencia se acreditará exclusivamente mediante la clasificación en:

  • Grupo: {Indicar}
  • Subgrupo: {Indicar}
  • Categoría: {Indicar}

No obstante, las personas o empresas licitadoras no españolas de estados miembros de la Unión Europea o firmantes del acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, podrán acreditarla aportando los documentos señalados a continuación:

  • {Indicar}

Redactor

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