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cuando es necesario publicar un contrato en el BOE

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La publicación de un contrato en el "Boletín Oficial del Estado" (BOE) es necesaria para los contratos celebrados por la Administración General del Estado o por las entidades vinculadas a la misma que gocen de la naturaleza de Administraciones Públicas. Además, esta publicación debe realizarse en un plazo no superior a quince días tras el perfeccionamiento del contrato.

Cuando se trata de contratos sujetos a regulación armonizada, además de su publicación en el perfil de contratante y, en su caso, en el BOE, se requiere también su publicación en el "Diario Oficial de la Unión Europea". Esto asegura una mayor transparencia y una amplia difusión a nivel europeo, permitiendo que empresas de otros Estados miembros puedan tener conocimiento de la formalización de dichos contratos.

Es importante destacar que, en el caso de que la publicación en el "Diario Oficial de la Unión Europea" sea necesaria, los anuncios de formalización no se publicarán en el perfil de contratante ni en el BOE antes de su publicación en dicho diario oficial. Sin embargo, pueden publicarse si el órgano de contratación no ha recibido notificación de su publicación a las 48 horas de la confirmación de la recepción del anuncio enviado.

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