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¿qué documentos se necesitan para una tramitación de emergencia?

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Para una tramitación de emergencia se necesitan los siguientes documentos: una declaración de urgencia debidamente motivada, realizada por el órgano de contratación, que justifique la necesidad de acelerar el proceso de contratación por razones de interés público; una concreción del objeto de la prestación; un precio fijado; y la designación de la empresa que la va a ejecutar.

Además, para los subcontratos de urgencia, se exige la acreditación de la aptitud del subcontratista inmediatamente después de la celebración del subcontrato y se permite la conclusión del subcontrato sin necesidad de dejar transcurrir el plazo de veinte días si su celebración es necesaria para atender a una situación de emergencia.

Por otra parte, para los encargos de poderes adjudicadores a medios propios, se exceptúa la regla general relativa a que el medio propio personificado no puede contratar con terceros prestaciones parciales cuyo importe sea superior al 50% de la cuantía del encargo, siempre que la justificación de la concurrencia de la urgencia se acompañe al documento de formalización del encargo y se publique en la Plataforma de Contratación correspondiente.

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