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diferencias entre solvencia y clasificacion.

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La solvencia y la clasificación son dos conceptos distintos en el marco de la Ley de Contratos del Sector Público en España. La solvencia se refiere a la capacidad económica, financiera y técnica o profesional de un empresario para cumplir con los requisitos de un contrato, mientras que la clasificación es un sistema que acredita previamente la solvencia de las empresas para contratar con el sector público, basándose en su capacidad económica, financiera y técnica, y es específicamente aplicable a contratos de obras de cierta cuantía.

La solvencia económica, financiera y técnica o profesional es la capacidad que debe demostrar un empresario para poder participar en un procedimiento de contratación pública. Esta capacidad se acredita mediante la presentación de documentos y referencias que demuestren la experiencia, la capacidad económica y los recursos técnicos del empresario. La solvencia se determina de manera específica para cada contrato, basándose en los requisitos mínimos que establece el órgano de contratación en los pliegos de condiciones o en el anuncio de licitación. Además, para ciertos contratos, se pueden establecer requisitos de solvencia diferenciados para distintas fases del contrato, especialmente en concesiones de obras y servicios.

Por otro lado, la clasificación de empresas es un sistema administrativo que acredita de manera previa la solvencia de las empresas para realizar determinados tipos de contratos con la administración pública. Esta clasificación se otorga en función de la solvencia económica, financiera y técnica de la empresa y se estructura en grupos, subgrupos y categorías según el tipo y la cuantía de los contratos. La clasificación es obligatoria para contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros, pero no se exige para contratos de servicios, aunque en estos últimos se pueden establecer criterios de solvencia relacionados con la clasificación si el objeto del contrato está incluido en el ámbito de clasificación de algún grupo o subgrupo.

En resumen, mientras que la solvencia se determina y se acredita específicamente para cada contrato, basándose en los requisitos establecidos por el órgano de contratación, la clasificación es un reconocimiento previo de la capacidad de una empresa para contratar con el sector público, que se aplica de manera general a los contratos de obras de cierta cuantía y de manera opcional a los contratos de servicios, dependiendo del objeto del contrato.

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