Quien debe firmar el acta de una mesa de contratación?
El acta de una mesa de contratación debe ser firmada por todos los miembros que han participado en la sesión, incluyendo el Presidente, los vocales y el Secretario.
La mesa de contratación, como órgano de asistencia técnica especializada en los procedimientos de contratación pública, está compuesta por un Presidente, varios vocales determinados reglamentariamente, y un Secretario. La composición de la mesa se publica en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente, y sus miembros son nombrados por el órgano de contratación.
La firma del acta por parte de todos los miembros que han participado en la sesión es un requisito esencial para garantizar la validez y la transparencia del proceso de contratación. Esta práctica asegura que todos los participantes en la mesa de contratación han estado presentes y han contribuido a las deliberaciones y decisiones tomadas durante la sesión. Además, la firma del acta sirve como confirmación y acuerdo sobre el contenido y las decisiones reflejadas en la misma.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público