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¿En los contratos menores, es necesario pedir, como mínimo tres ofertas económicas?

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No, en los contratos menores no es necesario pedir un mínimo de tres ofertas económicas.

Los contratos menores tienen un procedimiento simplificado en comparación con otros tipos de contratos del sector público. La Ley de Contratos del Sector Público establece que para la tramitación de un contrato menor se requiere la emisión de un informe justificativo de la necesidad del contrato y la aprobación del gasto, así como la incorporación de la factura correspondiente. En el caso de contratos menores de obras, se añade la necesidad de incluir el presupuesto de las obras y, en determinadas circunstancias, el informe de las oficinas o unidades de supervisión.

No se especifica en la ley la obligación de solicitar un número mínimo de ofertas económicas para este tipo de contratos. Sin embargo, es importante señalar que la administración debe actuar conforme a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, igualdad y no discriminación, y podría establecer sus propias políticas internas para solicitar varias ofertas con el fin de promover la competencia y obtener la mejor relación calidad-precio.

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