Que es la providencia de inicio en un expediente de contratación
La providencia de inicio en un expediente de contratación es el acto administrativo mediante el cual el órgano de contratación determina la necesidad de la prestación objeto del contrato y da inicio formal al proceso de contratación.
El expediente de contratación se inicia por el órgano de contratación, quien debe motivar la necesidad del contrato. Esto puede hacerse porque la prestación figura en planes previamente aprobados o porque se estima singularmente necesaria.
Junto con la providencia de inicio, se debe unir un informe razonado del servicio que promueve la contratación, exponiendo la necesidad, características e importe calculado de las prestaciones objeto del contrato.
Además, el expediente debe incluir el pliego de cláusulas administrativas particulares y el de prescripciones técnicas que regirán el contrato, así como un certificado de existencia de crédito o documento equivalente que acredite la existencia de financiación.
La providencia de inicio también debe justificar adecuadamente la elección del procedimiento de licitación, la clasificación exigida a los participantes, los criterios de solvencia y los criterios para adjudicar el contrato, entre otros aspectos.
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