si en la documentación del primer archivo un licitador incluye su oferta económica se excluye directamente?
No, la inclusión de la oferta económica en la documentación del primer archivo por sí sola no conduce a la exclusión directa del licitador. Sin embargo, es fundamental que la oferta económica se presente de acuerdo con las especificaciones detalladas en los pliegos de la licitación.
La Ley de Contratos del Sector Público en España establece un marco detallado sobre cómo deben presentarse las ofertas en los procedimientos de licitación. La documentación para las licitaciones debe presentarse en sobres cerrados e identificados, siguiendo un formato específico que incluye tanto la documentación administrativa como la proposición económica. Esta última debe ajustarse al modelo que figure en el pliego de cláusulas administrativas particulares y, en algunos casos, puede requerirse que se presente en un sobre separado, especialmente cuando se concreta la fase de valoración en que operarán los criterios de adjudicación.
Es crucial que los licitadores sigan las instrucciones detalladas en los pliegos de la licitación y en la convocatoria para la presentación de sus ofertas. Esto incluye cómo y dónde presentar la oferta económica. La no observancia de estas instrucciones puede llevar a que la oferta no sea admitida. Sin embargo, el mero hecho de incluir la oferta económica en la documentación inicial no es motivo de exclusión automática, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos y procedimientos especificados en la convocatoria y los pliegos de la licitación.
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