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En un contrato menor, ¿las empresas que no presentan oferta, tras habérselas solicitado, tienen la condición de licitador?

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No, en un contrato menor, las empresas que no presentan oferta tras habérselas solicitado no tienen la condición de licitador.

En el contexto de los contratos menores, no existe un proceso de licitación formal como en otros tipos de contratos públicos. Por lo tanto, las empresas que no presentan una oferta no pueden ser consideradas licitadores, ya que no han participado activamente en el proceso de adjudicación.

Un contrato menor se caracteriza por su agilidad y simplicidad, y no requiere la publicación de un anuncio de licitación. Solo se realiza una adjudicación directa, lo que significa que no hay un proceso competitivo formal en el que las empresas compitan presentando ofertas.

Aunque las entidades contratantes pueden solicitar ofertas a varias empresas para evaluar opciones, solo aquellas que efectivamente presentan una oferta pueden ser consideradas como participantes en el proceso de adjudicación. Las empresas que no presentan una oferta, incluso si fueron invitadas a hacerlo, no adquieren la condición de licitadores.

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