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¿cual es el plazo para presentar el informe de viabilidad de una empresa incursa en anormalidad?

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El plazo para presentar el informe de viabilidad de una empresa incursa en anormalidad no está especificado de manera explícita en los extractos proporcionados. Sin embargo, se menciona que el órgano de contratación debe dar un plazo suficiente a los licitadores para que justifiquen y desglosen razonada y detalladamente el bajo nivel de los precios o costes, o cualquier otro parámetro en base al cual se haya definido la anormalidad de la oferta.

Cuando se identifica una oferta como anormalmente baja, el procedimiento establece que el órgano de contratación debe requerir al licitador o licitadores implicados para que justifiquen la viabilidad de su oferta. Este requerimiento debe incluir la solicitud de información y documentos pertinentes que permitan al licitador demostrar la viabilidad de su propuesta, abarcando aspectos como el ahorro en el procedimiento de fabricación, las soluciones técnicas adoptadas, la innovación y originalidad de las soluciones propuestas, el cumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social o laboral, y la posible obtención de una ayuda de Estado.

El órgano de contratación debe proporcionar un plazo suficiente para esta justificación, aunque el texto no especifica una duración exacta para este plazo. La importancia de este plazo radica en dar al licitador la oportunidad de demostrar de manera completa y razonada que su oferta es viable y no incurre en prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica, económica o jurídica.

En resumen, aunque el plazo específico para presentar el informe de viabilidad no se detalla, se subraya la necesidad de que este sea adecuado para permitir una justificación completa y detallada por parte del licitador.

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