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En un contrato menor, ¿es posible prescindir del documento descriptivo de las prescripciones administrativas

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No, en un contrato menor no es posible prescindir del documento descriptivo de las prescripciones administrativas.

Los contratos menores, aunque se caracterizan por su simplificación en cuanto a los requisitos de tramitación y documentación en comparación con otros tipos de contratos del sector público, aún requieren de una acreditación de su existencia mediante documentos específicos. Estos documentos son fundamentales para garantizar la transparencia, la trazabilidad y la legalidad de la contratación pública, incluso en el ámbito de los contratos de menor cuantía y complejidad.

La Ley de Contratos del Sector Público establece que todos los contratos, independientemente de su naturaleza o cuantía, deben regirse por normas específicas y por los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, generales y particulares, o documento descriptivo que sustituya a estos. Esto implica que, incluso en el caso de los contratos menores, es necesario contar con un documento que describa las condiciones y requisitos administrativos y técnicos del contrato.

Además, la formalización de los contratos menores debe acreditarse con los documentos a los que hace referencia la ley, lo que subraya la importancia de contar con un marco documental que respalde cada fase del proceso contractual, desde la licitación hasta la ejecución y finalización del contrato.

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