el correo electrónico se entiende como notificación formal
No, el correo electrónico por sí solo no se considera una notificación formal en el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España.
Las notificaciones en el ámbito de la contratación pública deben practicarse preferentemente por medios electrónicos, pero no se limitan al uso de correo electrónico. Las notificaciones electrónicas se realizan mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Administración u Organismo actuante, a través de la dirección electrónica habilitada única o mediante ambos sistemas. El acceso al contenido de la notificación por parte del interesado o su representante es lo que determina que la notificación se ha practicado formalmente.
El correo electrónico puede ser utilizado para enviar avisos al interesado, informándole de la puesta a disposición de una notificación en la sede electrónica correspondiente. Sin embargo, estos avisos no constituyen la práctica de la notificación en sí misma. La falta de envío de estos avisos no afecta la validez de la notificación formal.
En casos donde el interesado haya expresamente elegido la notificación electrónica, se entenderá que la notificación ha sido rechazada si no se accede a su contenido en un plazo de diez días naturales desde su puesta a disposición.
| Medio de Notificación | Consideración Formal |
|---|---|
| Sede Electrónica | Sí |
| Dirección Electrónica Habilitada | Sí |
| Correo Electrónico (como aviso) | No |
-
que pasa si se notifica por correo postal cuando se está obligado a comunicarlo por medios electronicos
-
Como ayuntamiento, ¿puedo hacer una licitación que permita la presentación electrónica y manual para tener el máximo número de licitadores?
-
¿Puede proponerse la entrega de ofertas por medios electrónicos y manuales con el fin de favorecer la entrega de ofertas?
-
¿Se asume que una empresa se da por notificada el mismo día en que se realiza la notificación?
-
¿Puede el órgano de administración permitir la presentación de ofertas electrónicas y manuales?
-
¿Cabe que en pliegos se admita la presentación de oferta manual como recurso residual?
-
Obligatoriedad de presentación de ofertas por medios electrónicos
-
en el año 2016 como se notificaban a los licitadores la adjudicacion d elso contratos?
-
En un procedimiento negociado sin publicidad, hace falta notificación de adjudicación a los licitadores?
-
la notificacion de forma individual a los participantes en la licitación se puede encontrar en la PCSP?