¿Como acredita una sociedad el cumplimiento del art. 66 de la Ley 9/2017?
Para acreditar el cumplimiento del artículo que regula el cumplimiento del contrato en la Ley de Contratos del Sector Público, una sociedad debe asegurarse de que la totalidad de la prestación se haya ejecutado conforme a los estándares de calidad previstos en la ley y en los pliegos, a satisfacción de la Administración.
El cumplimiento del contrato se entiende como la ejecución completa de la prestación según los estándares de calidad establecidos en la normativa y los pliegos del contrato. Esto implica que la sociedad debe cumplir con todas las especificaciones técnicas, plazos y condiciones acordadas en el contrato.
En caso de incumplimiento o si concurren otras causas que motiven la resolución anticipada del contrato, este se resolverá conforme a las especialidades previstas en la normativa. Esto significa que la sociedad debe estar preparada para afrontar las consecuencias legales de un incumplimiento, que pueden incluir la resolución del contrato.
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