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Cuál es el importe económico mínimo del contrato para no necesitar publicación

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Según la Ley de Contratos del Sector Público de España, el importe económico mínimo del contrato para no necesitar publicación es de 40.000 euros para los contratos de obras, o de 15.000 euros para los contratos de suministro o de servicios. Esto se establece en el artículo 118 de la Ley. Además, según el mismo artículo, para los pagos menores a través del sistema de anticipos de caja fija u otro similar, el valor estimado del contrato no debe exceder de 5.000 euros.

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