En la oferta económica que presento a un contrato abierto simplificado , ¿debo detallar costes directos, indirectos y beneficio industrial? ¿qué detalle debo dar?
En la oferta económica para un contrato abierto simplificado, no se especifica en la normativa que debas detallar costes directos, indirectos y beneficio industrial de manera explícita. Sin embargo, es fundamental presentar una oferta económica clara y completa que responda a los criterios de adjudicación establecidos.
Cuando presentas una oferta económica en el contexto de un procedimiento abierto simplificado, la información que debes incluir dependerá de los requisitos específicos establecidos en los pliegos de condiciones del contrato. La ley no detalla explícitamente la necesidad de desglosar los costes directos, indirectos y el beneficio industrial en la oferta económica. No obstante, es importante que la oferta sea detallada y suficientemente descriptiva para que el órgano de contratación pueda evaluarla adecuadamente según los criterios de adjudicación, que pueden incluir la mejor relación calidad-precio.
Es recomendable revisar cuidadosamente los pliegos de condiciones para entender los criterios de adjudicación y cualquier requisito específico sobre la presentación de la oferta económica. Si los pliegos solicitan un desglose o una justificación de los precios, deberás cumplir con esta solicitud para que tu oferta sea considerada. En general, aunque no se exija explícitamente, presentar una oferta económica bien estructurada y justificada puede contribuir positivamente a la evaluación de tu propuesta.
En resumen, aunque la ley sobre procedimientos abiertos simplificados no exija explícitamente el desglose de costes directos, indirectos y beneficio industrial, es importante atender a los requerimientos específicos de los pliegos de condiciones y presentar una oferta económica que facilite su evaluación según los criterios establecidos.
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