Hay limitación del VEC en un acuerdo marco
No hay limitación del volumen de negocio (VEC) en un acuerdo marco. El acuerdo marco es una fórmula de racionalización de contratación que debería permitir el ahorro de costes y plazos en compras habituales. Esta fórmula de contratación beneficia a las partes asimilando economías de escala y reduciendo costes de oportunidad. Los acuerdos marco se celebran siguiendo las normas de procedimiento establecidas en las Secciones 1.ª y 2.ª del Capítulo I del Título I del Libro Segundo de la Ley de Contratos del Sector Público. La posibilidad de adjudicar contratos con base en un acuerdo marco estará condicionada a que en el plazo de treinta días desde su formalización, se hubiese remitido el correspondiente anuncio de la misma a la Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, en el caso de que se trate de contratos sujetos a regulación armonizada y efectuado su publicación en el perfil de contratante del órgano de contratación, y en el «Boletín Oficial del Estado» en el caso de los acuerdos marco celebrados en la Administración General del Estado.