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Quien debe firmar la propuesta de adjudicación?

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La propuesta de adjudicación debe ser formulada por la Mesa de contratación y posteriormente firmada por el órgano de contratación.

La Mesa de contratación juega un papel crucial en el proceso de adjudicación de contratos en el sector público. Esta se encarga de calificar la documentación presentada por los licitadores, abrir y examinar las proposiciones, y formular la propuesta de adjudicación basándose en los criterios establecidos para la selección del adjudicatario. Sin embargo, es importante señalar que la propuesta de adjudicación en sí misma no otorga derechos al licitador propuesto frente a la Administración.

Una vez que la Mesa de contratación ha formulado la propuesta de adjudicación, la responsabilidad recae en el órgano de contratación, que es quien debe firmar y formalizar la adjudicación del contrato. Este paso es crucial para garantizar la legalidad y transparencia del proceso de contratación pública. En caso de que el órgano de contratación decida no seguir la propuesta de la Mesa de contratación, debe motivar adecuadamente su decisión, asegurando así la transparencia y justicia en el proceso de adjudicación.

En resumen, aunque la Mesa de contratación desempeña un papel esencial en la evaluación de las proposiciones y en la formulación de la propuesta de adjudicación, es el órgano de contratación quien tiene la autoridad final para firmar y adjudicar el contrato, siempre dentro del marco legal establecido por la Ley de Contratos del Sector Público.

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