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cuales son los requisitos de la modificación de los contratos en el artículo 204?

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Las modificaciones de los contratos en el contexto de la contratación pública en España deben cumplir con ciertos requisitos y procedimientos específicos.

En primer lugar, las modificaciones deben estar previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Esto implica que, al momento de la licitación, se debe haber contemplado la posibilidad de realizar modificaciones, especificando los términos y condiciones bajo los cuales estas podrían llevarse a cabo.

Excepcionalmente, si una modificación no está prevista en el pliego, puede realizarse siempre que se cumplan ciertas condiciones específicas. Estas condiciones deben justificarse adecuadamente, y la modificación debe ser necesaria por razones de interés público.

Las modificaciones deben formalizarse de acuerdo con los procedimientos establecidos, y deben publicarse conforme a las disposiciones legales pertinentes. Esto asegura la transparencia y el cumplimiento normativo en el proceso de modificación contractual.

En los contratos de suministros y servicios, si las necesidades reales superan las estimadas inicialmente, debe tramitarse una modificación antes de que se agote el presupuesto máximo aprobado. Esta modificación debe estar prevista en la documentación de licitación y debe reservarse el crédito necesario para cubrir las nuevas necesidades.

Concepto Detalle
Previsión en pliegos Modificaciones deben estar previstas en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
Excepcionalidad Modificaciones no previstas pueden realizarse si se justifican adecuadamente por interés público.
Formalización Modificaciones deben formalizarse y publicarse conforme a la ley.
Contratos de suministros y servicios Modificación necesaria si las necesidades superan las estimadas, antes de agotar el presupuesto.
    Referencias:
- [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 207; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/207] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 206; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/206] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 242; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/242] - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 203; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/203] - [Ley de Contratos del Sector Público - Disposición adicional trigésima tercera; URL: https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/Disposición adicional trigésima tercera]
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