Gobierto Contratación

Te contamos cómo Gobierto puede ayudarte

Recibe información en tu correo-e sobre Gobierto.

Al enviar aceptas nuestra política de privacidad.

Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

Para una obra con un valor inferior a 500.000 euros (sin IVA) cuales serían los criterios de solvencia económica y técnica exigibles

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

Para una obra con un valor inferior a 500.000 euros (sin IVA), los criterios de solvencia económica y técnica exigibles deben estar vinculados al objeto del contrato y ser proporcionales al mismo. La solvencia técnica puede acreditarse mediante la experiencia y medios de la empresa, mientras que la solvencia económica puede demostrarse a través del volumen de negocios o seguros de responsabilidad civil, entre otros.

En cuanto a la solvencia técnica, para contratos de obras con un valor estimado inferior a 500.000 euros, la solvencia técnica del empresario puede acreditarse por uno o varios de los siguientes medios:

  • Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos disponibles para la ejecución de las obras.
  • Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa, y del responsable o responsables de las obras.
  • Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.
  • Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años.
  • Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico disponible para la ejecución de las obras.

Para empresas de nueva creación (menos de cinco años de antigüedad), la solvencia técnica se acreditará mediante los medios b) a f), sin que sea aplicable el requisito de ejecución de un número determinado de obras.

Respecto a la solvencia económica y financiera, esta puede acreditarse por uno o varios de los siguientes medios:

  • Volumen anual de negocios igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en los pliegos del contrato.
  • Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido.
  • Patrimonio neto o ratio entre activos y pasivos igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en los pliegos del contrato.
  • Periodo medio de pago a proveedores que no supere el límite establecido por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública.

La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera se efectuará mediante la aportación de certificados y documentos como certificación bancaria, póliza o certificado de seguro, cuentas anuales y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?

Ayudamos a

Newsletter de Gobierto Contratación

1 envío al mes con novedades del producto, análisis e informes sobre contratación pública.

Al enviar el formulario, aceptas que utilicemos tus datos solo para enviarte la newsletter de Gobierto. No compartimos tus datos con nadie, y te puedes dar de baja cuando quieras.

Populate Tools SL ha recibido una ayuda del Ayuntamiento de Madrid para la realización del proyecto Gobierto Asistente
Curso de inteligencia artificial para contratación pública