que criterios de adjudicación puedo aplicar en un procedimiento de tipo ordinario harmonizado, en cuanto al tipo me refiero, y que valores mínimos y máximos
En un procedimiento ordinario armonizado, los criterios de adjudicación deben basarse en la mejor relación calidad-precio, incluyendo tanto criterios económicos como cualitativos. Los valores mínimos y máximos para estos criterios dependen del tipo de contrato y su complejidad.
Los criterios económicos pueden incluir el precio o un planteamiento basado en la rentabilidad, como el coste del ciclo de vida. Los criterios cualitativos pueden abarcar aspectos medioambientales, sociales, la calidad técnica, la organización y cualificación del personal, el servicio posventa y la asistencia técnica, entre otros.
Para contratos de servicios de carácter intelectual, como los de ingeniería y arquitectura, los criterios relacionados con la calidad deben representar al menos el 51% de la puntuación total. En otros contratos, la ponderación de los criterios cualitativos y económicos debe estar claramente especificada en los pliegos de cláusulas administrativas particulares.
En cuanto a los valores mínimos y máximos, los contratos de obras armonizados tienen un presupuesto base de licitación superior a 5.538.000 euros, mientras que los contratos de servicios y suministros armonizados tienen un presupuesto base de licitación superior a 221.000 euros.
Tipo de Contrato | Presupuesto Base de Licitación (mínimo) |
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Obras | 5.538.000 euros |
Servicios | 221.000 euros |
Suministros | 221.000 euros |
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porcentaje maximo de criterio economico
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En un simplificado abreviado, ¿debe ser el precio un criterio de adjudicación mayoritario?
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En relación a los criterios de adjudicación ¿existe algún límite legal o recomendación para la ponderación de los criterios técnicos y/o juicios de valor respecto del precio?
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proceso adjudicación pluralidad de criterios contrato servicios.
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puntuación minima criterios objetivos