¿es obligatorio publicar en los pliegos el método de cálculo del valor estimado?
Sí, es obligatorio publicar en los pliegos el método de cálculo del valor estimado del contrato.
El órgano de contratación debe incluir en los pliegos de cláusulas administrativas particulares el método de cálculo que ha utilizado para determinar el valor estimado del contrato. Esto asegura transparencia en el proceso de licitación y permite a los licitadores conocer cómo se ha llegado a la cifra estimada, lo que es crucial para la preparación de sus ofertas.
La publicación del método de cálculo en los pliegos es una medida que garantiza que el proceso de adjudicación se realice de manera justa y conforme a las normas establecidas. Además, evita que el cálculo del valor estimado se realice con la intención de eludir la aplicación de las normas de adjudicación correspondientes.
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¿Es obligatorio indicar en los pliegos cómo se calcula el valor estimado?
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¿el artículo 100 obliga a publicar en los pliegos el método de cálculo del valor estimado?
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¿qué artículo dice que es obligatorio publicar la formula del calculo del valor estimado?
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¿el artículo 101 de la ley LCSP obliga a publicar el método del calculo del valor estimado en los pliegos?
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En un procedimiento negociado es necesario que en los pliegos se establezcan los criterios objeto de negociación?