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Que son las modificaciones no previstas en los pliegos y cual puede ser su porcentaje'

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Las modificaciones no previstas en los pliegos son aquellas que no se han detallado de manera específica en los documentos contractuales iniciales y pueden ser necesarias debido a circunstancias imprevistas o la necesidad de añadir obras, servicios o suministros adicionales. Estas modificaciones están sujetas a límites porcentuales específicos para evitar alteraciones sustanciales del contrato.

Las modificaciones no previstas en los pliegos se justifican cuando surgen necesidades adicionales que no pudieron ser anticipadas al momento de la licitación. Estas pueden incluir la necesidad de añadir obras, servicios o suministros adicionales que no se pueden obtener de otro contratista por razones técnicas o económicas, o debido a circunstancias sobrevenidas e imprevisibles.

El porcentaje máximo permitido para estas modificaciones varía dependiendo del tipo de contrato. Para contratos de obras, el límite es del 15% del precio inicial del contrato. Para otros tipos de contratos, como servicios o suministros, el límite es del 10%. En ningún caso, las modificaciones no previstas, junto con las previstas, pueden superar el 50% del precio inicial del contrato.

Tipo de Contrato Límite de Modificación No Prevista
Obras 15%
Otros (Servicios/Suministros) 10%
    Referencias:
- [Blog de Gobierto - Claves sobre la modificación de contratos públicos; URL: https://www.gobierto.es/blog/claves-sobre-la-modificacion-de-contratos-publicos] - [Blog de Gobierto - Modificaciones de contratos públicos: previstas y no previstas; URL: https://www.gobierto.es/blog/modificaciones-de-contratos-publicos-previstas-y-no-previstas]
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