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En defecto de la lcsp podría usarse la ley 39/2015?

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Sí, en defecto de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), se podría recurrir a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para cubrir aspectos procedimentales no contemplados específicamente en la LCSP.

La LCSP es la normativa principal que regula la contratación pública en España, estableciendo los procedimientos y requisitos específicos para la adjudicación de contratos por parte de las administraciones públicas. Sin embargo, en situaciones donde la LCSP no contemple ciertos aspectos procedimentales, la Ley 39/2015 puede ser utilizada como normativa supletoria.

La Ley 39/2015 regula el procedimiento administrativo común aplicable a todas las administraciones públicas, proporcionando un marco general para la tramitación de procedimientos administrativos. Esto incluye aspectos como la gestión de recursos, la notificación de actos administrativos y la tramitación de expedientes, que pueden ser aplicables en el contexto de la contratación pública cuando la LCSP no disponga lo contrario.

Es importante tener en cuenta que la aplicación de la Ley 39/2015 debe hacerse de manera complementaria y supletoria, respetando siempre la primacía de la LCSP en materia de contratación pública.

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