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¿cual es la documentación obligatoria que se debe publicar en el perfil del contratante?

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La documentación obligatoria que se debe publicar en el perfil del contratante incluye información general del órgano de contratación, detalles específicos de cada contrato, y documentación relativa a contratos menores y encargos a medios propios.

En primer lugar, el perfil del contratante debe contener información general del órgano de contratación, como datos de contacto, normas particulares de contratación, composición de las Mesas de Contratación permanentes, previsiones de compras (Plan Anual de Contratación), pliegos y documentos tipo, y cualquier otro documento que se considere de interés.

Respecto a la actividad contractual específica, se debe publicar: - Consultas Preliminares al Mercado. - Anuncios de información previa y de licitación, incluyendo detalles como el objeto del contrato, duración, presupuesto base de licitación, importe de adjudicación (IVA incluido), y medios de publicidad utilizados. - Documentación del expediente administrativo, que abarca la memoria justificativa, informe de insuficiencia de medios, justificación del procedimiento utilizado, documento de aprobación del expediente, pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas, identidad de los licitadores, informes de valoración, actas de las Mesas de Contratación, y resolución de adjudicación. - Anuncios de adjudicación y formalización, renuncias, desistimientos, modificaciones de contrato, interposición de recursos, y eventual suspensión del procedimiento.

Para los contratos menores, la información a publicar trimestralmente incluye su objeto, duración, importe de adjudicación (IVA incluido), e identidad del adjudicatario. Los contratos cuyo valor estimado sea inferior a cinco mil euros están exceptuados de esta publicación si se utilizan sistemas de pago como el anticipo de caja fija.

En cuanto a los encargos a medios propios, se debe publicar trimestralmente información sobre aquellos cuyo importe supere los 50.000 euros (sin IVA), incluyendo objeto, duración, tarifas aplicables, e identidad del medio propio.

Referencias - [Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 63; https://legislacion.gobierto.es/ley-contratos-sector-publico/63] - [Blog de Gobierto - Perfil del Contratante; https://www.gobierto.es/blog/perfil-del-contratante]

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