la factura se emite antes o después del acta de recepción?
La factura se emite después del acta de recepción, siendo este el procedimiento habitual en la contratación pública para garantizar que los bienes, servicios u obras cumplen con los requisitos establecidos antes de proceder al pago.
En el contexto de la contratación pública, el acto de recepción o conformidad es un paso crucial que precede a la emisión de la factura. Este acto formal y positivo por parte de la Administración verifica que la prestación realizada por el contratista se ajusta a los términos del contrato y satisface las expectativas de la Administración. Solo una vez cumplido este requisito, y dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato (o en el plazo que se determine en el pliego de cláusulas administrativas particulares por razón de sus características), se procede a la emisión de la factura.
Este procedimiento asegura que los pagos realizados por la Administración Pública se basen en la confirmación de que los servicios o productos entregados son conforme a lo pactado, evitando así desembolsos por trabajos no satisfactorios o incompletos. Además, establece un marco de responsabilidad para el contratista, quien debe asegurar que su entrega cumple con los estándares requeridos antes de recibir el pago.
En resumen, la factura debe emitirse después de que se haya formalizado el acta de recepción o conformidad, marcando el inicio del proceso para el pago del contrato conforme a los términos acordados y verificados.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público