¿Qué es una mesa de contratación?
Una mesa de contratación es un órgano de asistencia técnica especializada creado para ayudar al órgano de contratación en los procedimientos de contratación pública. Está compuesta por un Presidente, vocales y un Secretario. Los miembros de la mesa son nombrados por el órgano de contratación y el Secretario debe ser designado entre funcionarios o personal dependiente del órgano de contratación.
Entre los vocales deberán figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un interventor, o, a falta de éstos, una persona al servicio del órgano de contratación que tenga atribuidas las funciones correspondientes a su asesoramiento jurídico, y otra que tenga atribuidas las relativas a su control económico-presupuestario.
La mesa de contratación ejerce diversas funciones, como la calificación de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos, la valoración de las proposiciones de los licitadores, la propuesta sobre la calificación de una oferta como anormalmente baja, la propuesta al órgano de contratación de adjudicación del contrato a favor del licitador que haya presentado la mejor oferta, y, en el procedimiento restringido, en el diálogo competitivo, en el de licitación con negociación y en el de asociación para la innovación, la selección de los candidatos cuando así se delegue por el órgano de contratación.
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