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¿Cuál es el paso a paso que debe seguir una empresa chilena para encontrarse habilitada completamente para ofrecer sus servicios al gobierno español?

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Para que una empresa chilena se encuentre habilitada para ofrecer sus servicios al gobierno español, debe seguir un proceso que incluye justificar la reciprocidad en la participación de empresas españolas en Chile, acreditar su capacidad para contratar, y cumplir con requisitos específicos de solvencia y, en ciertos casos, establecer una sucursal en España.

Primero, la empresa chilena debe justificar que el Estado de Chile permite la participación de empresas españolas en la contratación con entes del sector público de manera sustancialmente análoga a cómo España permite a las empresas extranjeras participar en su contratación pública. Este paso es crucial y se realiza mediante un informe elaborado por la Oficina Económica y Comercial de España en Chile, que debe acompañar a la documentación presentada para participar en la contratación.

Además, si la empresa chilena resulta adjudicataria de un contrato de obras, podría ser requerida a abrir una sucursal en España. Esta sucursal debe contar con apoderados o representantes para sus operaciones y estar inscrita en el Registro Mercantil. Este requisito busca facilitar la gestión y ejecución del contrato dentro del territorio español.

La empresa también debe acreditar su capacidad para contratar con el sector público español. Esto implica demostrar que cumple con las condiciones de solvencia económica, financiera y técnica o profesional que el órgano de contratación determine como necesarias para el contrato en cuestión. Los requisitos específicos de solvencia y la documentación necesaria para acreditarlos se especificarán en el anuncio de licitación y en el pliego del contrato.

Finalmente, para las empresas no comunitarias, como es el caso de una empresa chilena, se debe acreditar su capacidad de obrar mediante un informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España en Chile. Este informe debe constatar que la empresa está inscrita en el registro local profesional, comercial o análogo, o que actúa con habitualidad en el tráfico local en las actividades relacionadas con el objeto del contrato.

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