Requerimiento de documentación tras la adjudicación. Plazos
El plazo para el requerimiento de documentación tras la adjudicación es de cinco días.
Una vez adjudicado el contrato, el órgano de contratación o la mesa de contratación pueden solicitar al empresario adjudicatario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados. También pueden requerir la presentación de otros documentos complementarios.
El empresario deberá cumplir con este requerimiento en un plazo de cinco días. Es importante destacar que estos documentos no pueden presentarse después de que las ofertas hayan sido declaradas admitidas.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro de los plazos establecidos, los licitadores tienen derecho a retirar su proposición y a la devolución de la garantía provisional, si esta existiera.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 163
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 22
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 136
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 158
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 157
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cuanto tiempo tiene la empresa propuesta como adjudicataria para entregar la documentación del requerimiento de documentación
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solicitud aclaraciones
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plazo subsanación documentación propuesta de adjudicación
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¿Cuál es el plazo desde que propone como adjudicatario hasta que se formaliza el contrato?
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el plazo que se le concederá para la aportación de documentación al propuesto como adjudicatario será