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Que diferencia hay entre un licitador y una unidad licitadora

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Un licitador es una persona física o jurídica que presenta una oferta para un contrato de la Administración Pública. Una unidad licitadora, por otro lado, es una unión de empresarios que presenta una oferta conjunta para un contrato de la Administración Pública. La diferencia entre los dos es que un licitador presenta una oferta individual, mientras que una unidad licitadora presenta una oferta conjunta.

En el caso de los contratos divididos en lotes, el órgano de contratación podrá limitar el número de lotes para los que un mismo licitador puede presentar oferta, así como el número de lotes que pueden adjudicarse a cada licitador. En el caso de las uniones de empresarios, serán estas y no sus componentes las consideradas candidato o licitador.

Además, el órgano de contratación podrá permitir que se presenten ofertas integradoras, siempre que se cumplan todos los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público. Estas ofertas integradoras permiten que un licitador pueda adjudicarse más de un lote, siempre y cuando se cumplan los criterios de adjudicación establecidos en el pliego.

En conclusión, un licitador es una persona física o jurídica que presenta una oferta individual para un contrato de la Administración Pública, mientras que una unidad licitadora es una unión de empresarios que presenta una oferta conjunta para un contrato de la Administración Pública.

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