Los plazos para que el área técnica realice informes sobre las propuestas presentadas por los licitadores cual es
No existe un plazo específico establecido en la Ley de Contratos del Sector Público para que el área técnica realice informes sobre las propuestas presentadas por los licitadores.
La Ley permite que el órgano competente para la valoración de las proposiciones solicite informes técnicos antes de formular su propuesta de adjudicación. Estos informes pueden ser necesarios para verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas del pliego o para considerar criterios distintos al precio.
Además, se pueden requerir informes a diversas organizaciones, como organizaciones sociales de usuarios, organizaciones representativas del ámbito de actividad, organizaciones sindicales, y aquellas que defiendan la igualdad de género, entre otras, para verificar consideraciones sociales y ambientales.
No se establece un plazo específico para la elaboración de estos informes, pero se entiende que deben realizarse antes de la formulación de la propuesta de adjudicación.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 157
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