solvencia económica mínima
La solvencia económica mínima se refiere a los requisitos económicos que un empresario debe cumplir para poder participar en una licitación pública, asegurando que tiene la capacidad financiera para ejecutar el contrato.
La solvencia económica y financiera del empresario debe acreditarse mediante uno o varios medios, como el volumen anual de negocios, un seguro de responsabilidad civil, o el patrimonio neto. Estos requisitos deben estar vinculados al objeto del contrato y ser proporcionales al mismo, sin exceder de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos justificados.
El órgano de contratación especificará en los pliegos de licitación los medios admitidos para acreditar la solvencia económica y financiera, así como el importe mínimo requerido. Estos medios pueden incluir certificaciones bancarias, pólizas de seguro, cuentas anuales, entre otros.
En los contratos de concesión de obras y servicios, se pueden establecer medios alternativos para acreditar la solvencia económica y financiera, siempre que aseguren la capacidad del contratista para aportar los fondos necesarios para la correcta ejecución del contrato.
Medio de Acreditación | Descripción |
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Volumen anual de negocios | Máximo 1,5 veces el valor estimado del contrato |
Seguro de responsabilidad civil | Importe igual o superior al precio del contrato |
Patrimonio neto | Determinado al cierre del último ejercicio económico |
La clasificación del empresario en un grupo o subgrupo específico puede sustituir los requisitos de solvencia económica y financiera, acreditando su capacidad para contratos del mismo tipo e importe.
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qué porcentaje se aplica para acreditar la solvencia económica y financiera de un licitador?
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acreditación de la solvencia económica y financiera en contratos de servicios.
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¿Puede determinarse la solvencia económica en referencia al presupuesto base de licitación?