Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

Cual es el plazo máximo en que un contrato puede permanecer suspendido sin que sea iniciado en obras, servicios o suministros y cuando la causa sea imputable al contratista?

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

El plazo máximo en que un contrato puede permanecer suspendido sin que sea iniciado, cuando la causa es imputable al contratista, no está específicamente definido en la información proporcionada para los casos de obras, servicios o suministros.

La Ley de Contratos del Sector Público establece causas específicas de resolución de contratos para obras, servicios y suministros, pero los plazos mencionados se refieren a suspensiones o demoras imputables a la Administración, no al contratista. Por ejemplo, en el caso de obras, se menciona un plazo de suspensión de más de ocho meses por parte de la Administración como causa de resolución. Similarmente, para los contratos de suministro y servicios, se establecen plazos de suspensión imputables a la Administración que pueden llevar a la resolución del contrato.

Cuando la causa de la suspensión es imputable al contratista, la ley prevé la posibilidad de conceder una ampliación del plazo de ejecución, sujeta a penalidades, pero no especifica un plazo máximo de suspensión antes de que el contrato pueda ser resuelto.

En resumen, la ley se centra en las consecuencias de las demoras o suspensiones imputables a la Administración y las posibles ampliaciones de plazo o penalidades cuando la demora es por parte del contratista, sin especificar un plazo máximo de suspensión para este último caso.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?