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como reanudar un contrato suspendido

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Para reanudar un contrato suspendido, es necesario levantar un acta de suspensión y seguir los procedimientos establecidos por la Administración.

En primer lugar, cuando la Administración acuerda la suspensión de un contrato, se debe extender un acta que documente las circunstancias que motivaron la suspensión y la situación de hecho en la ejecución del contrato. Esta acta debe ser firmada por un representante del órgano de contratación y el contratista, y en el caso de contratos de obras, también por el director de la obra. El acta debe levantarse en un plazo máximo de dos días hábiles desde que se acuerda la suspensión.

Para reanudar el contrato, es necesario que la Administración emita una orden de reanudación. El contratista tiene derecho a reclamar los daños y perjuicios sufridos durante la suspensión, siempre que se hayan documentado en el acta correspondiente. La reclamación debe realizarse en el plazo de un año desde que se recibe la orden de reanudar la ejecución del contrato.

Es importante que cualquier reajuste de anualidades debido a la suspensión sea acordado con el contratista, salvo en casos excepcionales de interés público. Además, si el contrato cuenta con un programa de trabajo, este debe ser revisado y aprobado para adaptarse a los nuevos importes anuales.

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