Haz preguntas sobre tus dudas de contratación pública y te damos una respuesta personalizada a partir de nuestra base de conocimiento

Haz tu pregunta
Hemos estrenado Gobierto Asistente: Comienza a utilizarlo para tener un histórico de tus preguntas, continuar conversaciones, recibir sugerencias de preguntas... y muy pronto, preguntar al Asistente por cualquier tema de Gobierto.

APERTURA BASADA EN JUICIOS DE VALOR

Esta pregunta está pendiente de revisión por un humano

La apertura basada en juicios de valor en la contratación pública se refiere a la inclusión de criterios de adjudicación que requieren una evaluación subjetiva por parte del órgano de contratación. Este enfoque permite considerar aspectos cualitativos de las ofertas, además de los cuantitativos.

En el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España, los procedimientos de contratación pueden incluir criterios de adjudicación basados en juicios de valor. Sin embargo, para utilizar el procedimiento abierto simplificado, la ponderación de estos criterios no debe superar ciertos límites. En el caso de contratos que no tienen por objeto prestaciones de carácter intelectual, como los servicios de ingeniería y arquitectura, la ponderación de los criterios evaluables mediante juicio de valor no puede exceder el 25% del total. Para contratos de carácter intelectual, este límite se eleva al 45%.

Tipo de Contrato Límite de Ponderación de Criterios basados en Juicio de Valor
General 25%
Carácter Intelectual (ej. Ingeniería, Arquitectura) 45%

Estos límites buscan equilibrar la necesidad de evaluar aspectos cualitativos de las ofertas con la objetividad y transparencia del proceso de adjudicación. Al incluir criterios basados en juicios de valor, los órganos de contratación pueden considerar factores como la calidad técnica, la innovación, la sostenibilidad o el diseño, que pueden ser cruciales para el éxito del contrato pero difíciles de cuantificar.

La apertura de ofertas en procedimientos que incluyen criterios de juicio de valor sigue un proceso estructurado. Cuando se contemplen estos criterios, las ofertas se presentarán en dos sobres o archivos electrónicos, y la valoración de las proposiciones se realizará por los servicios técnicos del órgano de contratación en un plazo no superior a siete días. Esta valoración debe estar firmada por el técnico o técnicos responsables y completada antes de la apertura del sobre o archivo que contiene la oferta económica.

Ayúdanos a mejorar ¿Qué tal la respuesta?