en el caso de demora en la ejecución de un suministro, cuando hay distintas fechas de entrega, cómo se calculan las penalidades?
En caso de demora en la ejecución de un suministro con distintas fechas de entrega, las penalidades se calcularán individualmente para cada plazo parcial incumplido, aplicando la proporción establecida de penalidades diarias sobre el precio del contrato correspondiente a cada suministro, sin necesidad de intimación previa por parte de la Administración. Si se alcanza un múltiplo del 5% del precio del contrato en penalidades, la Administración puede optar por resolver el contrato o continuar con la imposición de nuevas penalidades.
Cuando un contrato de suministro establece plazos parciales para la entrega de los bienes y el contratista incurre en demora, la Administración tiene la facultad de imponer penalidades por cada uno de los plazos parciales incumplidos. Estas penalidades se calculan en base a la proporción fijada, que es de 0,60 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido, por cada día de retraso.
La cuantía de las penalidades se deducirá de las certificaciones de obra o de los documentos de pago al contratista. Además, la garantía constituida por el contratista responderá de la efectividad de las penalidades impuestas.
Es importante destacar que la imposición de penalidades no excluye la posibilidad de que la Administración reclame una indemnización por daños y perjuicios si el retraso ha causado un perjuicio mayor que no queda cubierto por las penalidades.
En el caso de que las penalidades alcancen un múltiplo del 5% del precio del contrato, la Administración podrá decidir entre resolver el contrato o permitir su continuidad con la aplicación de nuevas penalidades.
Si se aplican cláusulas de revisión de precios durante períodos de demora, se utilizarán los índices de precios correspondientes a las fechas establecidas en el contrato para la realización de la prestación en plazo, a menos que los índices del período real de ejecución resulten en un coeficiente inferior, en cuyo caso se aplicarán estos últimos.
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en el caso de demora en la ejecución de un suministro, y se entregan en diferentes fechas pero el contrato establecía un plazo único de entrega, cómo se calculan las penalidades?
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En demora en la ejecución de un suministro con un plazo único de entrega, las penalidades se calcularán diariamente pero la entrega se hace en dos fechas
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incumplimiento de las condiciones de ejecución
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penalidades por incumplimiento de plazo
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¿Las penalidades por demora o incumplimiento en los contratos de suministros son acumulativas?