¿una UTE puede tener más de dos empresas?
Sí, una Unión Temporal de Empresas (UTE) puede estar compuesta por más de dos empresas. No existe un límite específico en la cantidad de empresas que pueden formar parte de una UTE, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público. Las empresas que deseen concurrir integradas en una UTE deben indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como asumir el compromiso de constituirse formalmente en UTE en caso de resultar adjudicatarios del contrato.
Es importante que las empresas integrantes de la UTE acrediten su capacidad y solvencia de manera individual, y estas características se acumularán para determinar la solvencia de la UTE en su conjunto. Además, las empresas deben cumplir con las obligaciones de solidaridad y nombrar un representante o apoderado único con poderes suficientes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas del contrato.
En el caso de que se produzcan cambios en la composición de la UTE durante la tramitación del procedimiento y antes de la formalización del contrato, como operaciones de fusión o escisión, la UTE podría quedar excluida del procedimiento a menos que se cumplan ciertas condiciones que aseguren la capacidad de obrar y la solvencia o clasificación requerida.