¿Puedo ponerme de acuerdo con otra empresa para falsear la competencia?
No, no puedes ponerte de acuerdo con otra empresa para falsear la competencia en el marco de la contratación pública.
La Ley de Contratos del Sector Público en España establece medidas estrictas para garantizar la competencia leal y la igualdad de trato entre todas las empresas que participan en licitaciones públicas. Una de estas medidas es la prohibición expresa de cualquier práctica que pueda falsear la competencia, como sería el caso de ponerse de acuerdo con otra empresa para manipular el resultado de una licitación.
El órgano de contratación tiene la obligación de tomar las medidas adecuadas para prevenir que la participación de empresas que hayan intervenido en la elaboración de las especificaciones técnicas o en los documentos preparatorios del contrato, o que hayan asesorado al órgano de contratación, pueda falsear la competencia. Esto incluye la posibilidad de excluir a dichas empresas de la licitación si se considera que su participación previa puede darles una ventaja injusta sobre otras empresas.
Además, se establecen mecanismos para garantizar la transparencia y la igualdad de oportunidades para todas las empresas participantes. Esto incluye la comunicación a todos los candidatos o licitadores de la información intercambiada durante la preparación del procedimiento de contratación y el establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas.
En resumen, cualquier acuerdo entre empresas para falsear la competencia en el contexto de la contratación pública es contrario a la ley y está sujeto a medidas correctivas por parte del órgano de contratación.
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Si dos licitadores están vinculados, ¿deben ser excluidos de la licitación?
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Dos licitadores mismo administrador
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medidas antifraude
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Un técnico que haya participado en la elaboración del pliego de prescripciones técnicas de una licitación, ¿puede participar en la mesa de contratación?
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Es posible proponer una licitación, a la que solo pueda presentarse un licitador?