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La Ley de Contratos del Sector Público establece que las empresas de 50 o más trabajadores deben cumplir con una cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad. Esta obligación se verifica mediante la presentación de una declaración responsable. No se especifica un mecanismo de "silencio positivo" en relación con esta medida de excepcionalidad.

La Ley de Contratos del Sector Público en España impone ciertos requisitos de inclusión y no discriminación que las empresas deben cumplir para poder contratar con el sector público. Uno de estos requisitos es la obligación de que las empresas de cierto tamaño incluyan en su plantilla a un porcentaje mínimo de personas con discapacidad.

Específicamente, las empresas con 50 o más trabajadores están obligadas a que al menos el 2% de sus empleados sean personas con discapacidad. Esta medida busca fomentar la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo. La verificación del cumplimiento de esta cuota se realiza mediante la presentación de una declaración responsable por parte de la empresa.

La ley no menciona explícitamente un procedimiento de "silencio positivo" en relación con la medida de excepcionalidad del 2% de trabajadores con discapacidad. El "silencio positivo" es un principio administrativo por el cual, si la Administración no responde a una solicitud en un plazo determinado, se entiende que la solicitud ha sido aceptada. Sin embargo, en el contexto de la obligación de contratar a un porcentaje específico de personas con discapacidad, la ley se centra en la presentación de la declaración responsable como mecanismo de acreditación, sin mencionar procedimientos específicos relacionados con el silencio administrativo.

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