servicio de garantía
El servicio de garantía en el contexto de la Ley de Contratos del Sector Público de España se refiere a las condiciones y derechos tanto de la Administración como del contratista durante el plazo de garantía de los bienes o servicios suministrados.
Durante el plazo de garantía, si se detectan vicios o defectos en los bienes suministrados, la Administración tiene derecho a reclamar al contratista la reposición o reparación de los mismos. Si se considera que los bienes no son aptos para el fin pretendido y la reparación o reposición no es suficiente, la Administración puede rechazar los bienes y quedar exenta de la obligación de pago o recuperar el precio pagado.
El contratista tiene derecho a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados durante este plazo. Si el plazo de garantía termina sin que la Administración haya formalizado algún reparo o denuncia, el contratista queda exento de responsabilidad por los bienes suministrados.
En caso de quiebra culpable o fraudulenta del contratista, se pierde la garantía definitiva. La garantía definitiva responde de la correcta ejecución del contrato, de las penalidades impuestas, de los daños y perjuicios ocasionados, y de la inexistencia de vicios o defectos durante el plazo de garantía.
- Referencias:
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 305
- Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas - Artículo 111
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 106
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 114
- Ley de Contratos del Sector Público - Artículo 110
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¿Qué plazo hay al finalizar el periodo de garantía para comprobar que no existen vicios en un bien?
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suspension del plazo de garantia en los suministros
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cambio de un equipo en el periodo de garantia
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en el plazo de ejecución se tiene que tener en cuenta el plazo de la garantía
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Es admisible en un contrato de suministro la oferta de mejora de garantía de sustitución del bien suministrado mientras dure su vida útil.